Se denomina democracia formal aquél sistema político donde las normas constitucionales han previsto una separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, reservando a la soberanía popular la elección del primero mediante sufragio libre, igual, universal, directo y secreto.
En un sentido peyorativo se asimila a los Estados en los que las normas constitucionales reflejan este sistema jurídico pero en la práctica es vulnerado.
Existen dos conceptos que, particularmente, considero indispensables en el ejercicio de dichas libertades:
· La existencia de distintas opciones para elegir.
· La formación y la información disponibles para llevar a cabo tal elección.
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